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Tratamientos cubiertos por Prepagas u Obras Sociales

En principio digamos que el 100% de cualquier tratamiento disponible, debe ser prestado por la prepaga, sin limite de tiempo o la obra social sea medico, quirúrgico, químico, psicológico, o internaciones siquiátrica, geriátricas o domiciliarias, enfermería domiciliaria, tratamientos kinesiológicos,. educación especial, o cualquier otra entre las herramientas disponibles que posee el arte de la medicina, cuando su aplicación pueda producir o ayude eventualmente a lograr la recuperación de todas o parte de las capacidades motoras, sensoriales, mentales, emocionales y/o viscerales, alteradas total o parcialmente por una o más afecciones.

Debe tener cobertura también los tratamientos para revertir casos de Infertilidad como la Fertilización in Vitro -FIV- y la crioconservación de embriones.

Aún en aquellos casos de tratamientos controversiales o que no garantizan un resultado cierto, como es el caso de by pass gástrico.

Deben tener cobertura los tratamientos de: Radioterapia de Intensidad Modulada - IMRT - Micro Radioterapia Corporal - SBRT- Radioterapia Conformacional - Radioterapia Estereotáxica - Radiocirugía Total Skin - TSET - Braquiterapia - Tratamientos Radiantes - Radioterapia Convencional.

Basta que sean potencialmente capaces de elevar el nivel psicofísico y social en que se encuentra quien sufre la discapacidad. Suficiente que sea idóneo para lograr una mayor integración social.

Debemos distinguir los derechos del afectado, de los derechos de quienes han aportado recursos destinados a la salud de éste, que puede ser el mismo afectado.

El enfermo, tiene derecho, en principio a que se le cubra, en la forma más urgente, el costo del 100% de cualquier tratamiento disponible que deba realizar para paliar su discapacidad, sin limite de tiempo.

Este costo – que definimos como COBERTURA - debe ser cubierto por la prepaga, o la obra social en el plazo más breve posible.

Repetimos, siempre que haya una persona que manifieste diferencia se le deberá brindar el 100% de la cobertura integral en reparación o rehabilitación, cualquiera fuere el tipo y grado de discapacidad, con los recursos humanos, metodologías y técnicas que fuere menester, y por el tiempo y las etapas que cada caso requiera.

Consúltenos, para que conozcamos su caso y podamos asesorarlo.

 

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