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La
vejez, es también considerada una
discapacidad que
obliga a la prepaga u obra social a proveer al
anciano una cobertura del 100% sin limites de tiempo
de los medios suficientes para sobrellevarla del
mejor modo posible.
Es muy importante que se sepa que el paciente o sus
familiares, tiene derecho a elegir un lugar de
internación y la forma del
tratamiento adecuado a
las necesidades físicas y familiares del abuelo, que
incluya la cercanía de sus parientes y el ambiente
social mas propicio.
El derecho del anciano no se limita solo a evitar
que se muera de inanición o por falta de atención
médica.
El anciano tiene derecho a obtener para si el mejor
ambiente físico social, y familiar de contención,
que lo ayude a sobrevivir del mejor modo posible, el
ocaso de su vida.
Tiene derecho a tener asistencia cultural,
entretenimientos, asistencia kinesiológica.
Puede obtener esas prestaciones en un geriátrico,
pero también tiene derecho a gozar del ámbito mas
adecuado a su perfil. Por ello, puede recurrir sin
ningún tipo de duda a la asistencia de enfermería
domiciliaria que convertirán su hogar en el medio
mas adecuado para que sobrelleve en él, del mejor
modo posible y con la asistencia de personal
capacitado lo que le resta de su vida.
Entendemos la provisión de
asistencia domiciliaria,
como el suministro de dos enfermeras que se turnen
para la atención constante del anciano con capacidad
suficiente y diferenciada si el paciente necesita
tratamientos invasivos (aplicación de inyecciones
por ejemplo).-
La provisión de pañales también está incluida en
estos servicios.
Consúltenos, para que
conozcamos su caso y podamos asesorarlo. |